económico
¿Cómo se hace para ser el más económico?:
- Nótese que no decimos el más barato. El concepto «barato» según la RAE, (en sus primeras acepciones) es: Dicho de una cosa vendida, comprada u ofrecida a bajo precio, que se logra con poco esfuerzo, o venta de efectos que se hace a bajo precio con el fin de despacharlos pronto. Por ese motivo no escribimos «barato». Porque este servicio se ofrece económico, sin menoscabo de la calidad y legalidad del mismo.
- Y …. ¿Cómo se consigue reducir tanto el coste?: La mayoría de los empresarios saben la respuesta:
- Disminuir los costes fijos de la empresa auditora. (el nuestro es prácticamente inexistente)
- Controlar los costes variables. En nuestro caso son apenas insignificantes.
- No subcontratamos nuestras actividades. ¡¡No peajes¡¡. Además, de ser ilegal.
¡No hacemos trampas¡
- Aunque somos probablemente la organización que mejor presupuesto le puede ofrecer para realizar la auditoría reglamentaria de prevención de riesgos laborales, no lo vamos a hacer gratis. No hacemos trampas. Fíjese en la advertencia de la FUNDACION TRIPARTITA:
La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo pone en conocimiento de los usuarios que acceden al sistema de formación para el empleo, la existencia de entidades que ofrecen servicios fraudulentos de asesoría e implantación de la normativa, así como auditorías y revisiones periódicas, en materia de Prevención de Riesgos Laborales, financiados en la práctica, con cargo al crédito asignado a las empresas para la formación de sus trabajadores.
El Real Decreto 395/2007 y la Orden Ministerial 2307/2007 establecen que este crédito está destinado exclusivamente a la realización de acciones formativas y permisos individuales de formación de los trabajadores.La Fundación Tripartita ha puesto en marcha un proceso de comprobación de estos hechos, trasladando la información sobre los casos detectados, así como las denuncias recibidas, al órgano competente en materia de seguimiento y control de los fondos públicos de formación en el empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal. Dicho traslado tiene por objeto comprobar sí las bonificaciones aplicadas por las empresas responden exclusivamente a su finalidad, esto es, a la realización de acciones formativas y permisos individuales de formación de los trabajadores.Las empresas que se bonifiquen por la contratación de servicios de asesoría e implantación en materia de Prevención de Riesgos Laborales, deberán devolver los importes correspondientes de las bonificaciones indebidamente practicadas y atenerse a las actuaciones pertinentes del Servicio Público de Empleo Estatal y la inspección de Trabajo y Seguridad SocialPor todo lo anterior, la Fundación Tripartita comunica de nuevo, a todos los usuarios, esta situación, para que en caso de recibir alguna oferta de este tipo de servicios u otros de similares características, se puedan poner en contacto con el servicio al cliente de la Fundación.